¿Cuándo debe indemnizarme mi compañía eléctrica?
¿Tu compañía no está cumpliendo con las condiciones establecidas en el contrato? Desde HelpMyCash nos explican cuándo debemos reclamar.
En el momento en el que contratamos un servicio, independientemente de si se trata de una tarifa de luz o de móvil, adquirimos una serie de obligaciones con nuestra compañía. Estas, históricamente, las hemos aprendido por las malas a golpe de penalizaciones por infringirlas. Pero ¿y las compañías? ¿Acaso no tenemos nosotros derechos? Desde el comparador de energía HelpMyCash ponemos sobre la mesa las tres circunstancias bajo las que podemos exigir una indemnización.
Instalaciones tardías
El primer caso que no debemos tolerar es que nos hagan la instalación en más días de los estipulados por ley, sobre todo teniendo en cuenta que disponer de electricidad en casa no es un capricho sino una necesidad.
¿Cuántos días tienen de margen las compañías?
Según los datos recogidos en el BOE, la instalación de la red (incluidos los enganches y contadores) se debe llevar a cabo en un máximo de cinco días. Eso sí, en el supuesto de que deban realizar obras, la instalación se podrá prolongar hasta 30 días. Si los días pasan y nuestra instalación sigue sin estar operativa, la compañía deberá abonarnos 30 euros o un 10% de nuestra primera factura, el importe que sea más elevado.
De las incidencias que podemos sufrir, los cortes de luz son los que ocasionan más malestar. Además de lo molesto que resulta quedarse sin electricidad y los problemas que ello puede ocasionar, resulta complejo saber a partir de qué momento podemos reclamar por un mal servicio. Pues bien, con la ley en la mano, todo depende de la ubicación de nuestra vivienda.
¿Dónde vives?
Así, desde el BOE consideran que dentro de una zona urbana no deberíamos sufrir más de 10 cortes de luz anuales (o 5 horas al año). Sin embargo, si nuestra residencia está dentro de lo que se cataloga como “zona rural dispersa”, el margen se eleva hasta las 22 interrupciones anuales (o 19 horas al año). En cualquier caso, si sufrimos apagones de forma reiterada debemos reclamar a nuestra compañía para que nos indemnice por no ofrecer un servicio de calidad.
Más daños
Es más, si en uno de estos cortes se nos ha estropeado algún electrodoméstico podemos recurrir a la vía judicial para que se nos compense, ya que las compañías solo tienen en cuenta el consumo de luz. Para saber más detalles sobre cómo y a quién recurrir para conseguir una indemnización consulta nuestra guía gratuita “Cómo reclamar a tu eléctrica”.
Cierra nuestro repaso el problema más habitual y en el que estamos concienciados: los errores en la factura de luz. Pese a que la mayoría de veces se debe a una mala anotación del consumo o a que la compañía nos ha hecho una factura estimada, siempre debemos exigir la rectificación. Pese a que en este caso no habrá una indemnización, la eléctrica sí nos devolverá lo cobrado de más en la siguiente factura emitida.
En resumen, como consumidores tenemos una serie de derechos que no debemos tener miedo a defender. Y es que, aunque en la mayoría de ocasiones esto signifique una inversión de tiempo y paciencia para lidiar con el operador de turno, no debemos olvidar que las compañías no “perdonan” que nosotros incumplamos con nuestra parte. Por lo que, ¿deberíamos conformarnos nosotros?