Los inquilinos ya no pagarán honorarios de agencia: cómo funciona la nueva Ley de la Vivienda y cuándo entra en vigor
El texto establece que serán los propietarios quienes se hagan cargo de ese coste, ya que son los que contratan los servicios inmobiliarios
Vivir hoy en día en las grandes ciudades supone un quebradero de cabeza para millones de personas que no se pueden permitir los desorbitados precios a los que asciende el alquiler de la vivienda. En España, de hecho, ha alcanzado máximos históricos el mismo mes que el Congreso de los Diputados ha aprobado el proyecto de Ley da la Vivienda, que tiene entre sus objetivos frenar la subida de rentas. Según establece el último informe de precios elaborado por Idealista, el coste del alquiler aumentó en abril un 1,7%, hasta situarse en 11,5 euros el metro cuadrado. Si a esto le sumábamos las fianzas y los honorarios de las agencias inmobiliarias, la tarea de buscar hogar se acababa convirtiendo en una utopía para muchos.

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Sin embargo, esta nueva Ley de la Vivienda planteada por el Gobierno y aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 27 de abril ha querido poner el foco en el preocupante tema del alquiler, una de las asignaturas pendientes del país. Aún falta su aprobación definitiva para su inclusión en el BOE y su puesta en marcha, que se calcula que se hará efectiva a finales de mayo, pero ya se sabe que regulará diferentes ámbitos del sector inmobiliario. Como decíamos, uno de sus objetivos principales no es otro que facilitar el acceso a la vivienda y que éste se realice en condiciones asequibles. Es por eso que el Ejecutivo ha incluido en el acuerdo alcanzado con Esquerra Republicana (ERC) y EH Bildu una serie de medidas que afectan tanto a inquilinos como a propietarios. Una de las más sonadas es que por fin se dirán adiós a los honorarios de las agencias inmobiliarias.
Honorarios de agencia: un antes y un después
La legislación que conocíamos hasta ahora, (Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, modificada según el Real Decreto-Ley del 1 de marzo de Medidas urgentes en materia de viviendas y alquiler), señala que los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato corren a cargo del arrendador cuando éste sea una persona jurídica, es decir, una empresa.
El problema venía cuando la propiedad del inmueble corría a cargo de una persona física. En este caso, había un vacío legal que había repercutido negativamente, ya que las personas que se tenían que hacer cargo de la comisión inmobiliaria por alquiler eran los arrendatarios. Por eso, un gran número de agencias inmobiliarias tendían a abusar de dicha situación estipulando comisiones muy elevadas al inquilino, a las que tenía que hacer frente sí o sí si quería alquilar la vivienda.

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Sin embargo, la nueva ley establece que serán los propietarios de las viviendas en alquiler quienes asuman y abonen dichos honorarios. En concreto, el texto recoge que “los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán siempre a cargo del arrendador”, independientemente de si se trata de personas físicas o jurídicas. De esta manera, el inquilino no tendrá que pagar los honorarios de la inmobiliaria cuando es el propietario el que ha contratado los servicios de la agencia. Este pago extra, habitual hasta ahora, se traduce en que el inquilino puede llegar a abonar una mensualidad, un mes de renta más IVA para la inmobiliaria y una mensualidad como fianza para acceder a la vivienda en alquiler.
Además, para evitar que los propietarios busquen alternativas que les permitan compensar esos gastos, el texto prohíbe también aumentar las rendas de alquiler por la vía de nuevos gastos “que obligarían a los inquilinos a abonar costes de comunidad, tasas de basura o cualquier otro gasto no atribuible al inquilino que no estuvieran acordadas previamente”.