El motivo por el que ya no puedes dejar atado a tu perro en la puerta del supermercado

Ya no está permitido, por ley, dejar a un perro atado sin compañía en la puerta de un establecimiento comercial. Este es el motivo.
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Un perro atado a una farola en la puerta de un supermercado. Esta es una imagen habitual. Quienes ya tenemos una edad la podemos visualizar con multitud de ejemplos que hemos visto cuando vamos a hacer la compra. Pues bien, este es un acto o hábito que ya no se puede hacer más. La nueva Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar que ha entrado en vigor este viernes 29 de septiembre lo impide.

Tras seis meses desde su publicación en el BOE, el nuevo marco legal ha entrado en vigor y eso implica un cambio de paradigma en muchas cuestiones relacionadas con la tenencia responsable de animales.

En las 54 páginas de la ley se regulan aspectos de todo tipo en la relación entre los seres humanos y los animales de compañía, y se establecen además duras sanciones económicas por infringir su contenido. Pueden llegar hasta los 200.000 euros.

No es el caso de la sanción por dejar dos minutos atado al perro en el exterior del supermercado, acto que la ley no permite, aunque distintas voces autorizadas ya han explicado que este supuesto regula, sobre todo, los casos en los que se deja a los animales atados en el exterior durante largos períodos de tiempo. De todos modos, no hace excepciones, de manera que, legalmente, ya no debes dejar a tu animal de compañía fuera, atado y sin compañía, si no quieres ir contra la nueva Ley de Protección Animal, más conocida como ley de bienestar animal.

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Otras cosas que ya no se pueden hacer

Además del citado caso de dejar atado a un animal en el exterior de un supermercado o cualquier otro lugar, la nueva ley tampoco permite, por ejemplo, mostrar animales en escaparates de tiendas comerciales.

Esto también es muy habitual en comercios donde se venden animales de compañía, y ya nunca se podrá volver a ver o conllevará sanción para el comercio en cuestión. Además, se prohíben los circos de animales o aplicar la eutanasia a un animal salvo que sea por necesidad extrema y bajo la supervisión de un veterinario.

Por otro lado, tampoco se pueden tener algunas especies de animales de compañía que hasta ahora sí se podían. Es el caso peces y anfibios cuyo veneno sea peligroso para las personas y otros animales, y de reptiles venenosos y reptiles que, cuando crezcan, en edad adulta, superen los dos kilos de peso. En el caso de los mamíferos silvestres, se prohíben si superan los cinco kilos de peso.

Además, la nueva ley obliga a la esterilización de los gatos y su identificación antes de los seis meses de vida salvo los animales de cría, y también regula la obligación del control de las colonias de gatos.

Como decíamos, las sanciones pueden llegar a los 200.000 en el caso de las muy graves. Esta franja, en concreto, son sanciones a partir de 50.001 euros. Las graves conllevan infracciones entre los 10.001 euros y los 50.000, mientras que las leves conllevan sanciones desde los 500 a los 10.001 euros.

Gato

Además, la ley contempla también penas de de cárcel de hasta 24 meses si el animal muere en consecuencia del delito, o de hasta 36 meses en el caso de exista un agravante. 

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